El Comité Nacional de Salarios (CNS) hizo el anuncio oficial: habrá un aumento de un 19 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado.
La decisión nace de un acuerdo tripartita entre el Gobierno, el empresariado y el sector sindical luego de varias reuniones de trabajo.
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¿Cómo se dará el aumento al salario mínimo?
Luis Miguel De Camps, ministro de Trabajo, explicó que este aumento ocurrirá en dos fases:
- En abril de este año, se hará un aumento de un 15 %.
- Para febrero del 2024, se hará el 4 % restante para llegar al total pactado del 19 %.
Con este aumento, el salario mínimo no sectorizado cubrirá el 93 % del costo de la canasta básica del primer quintín; anteriormente, el salario mínimo no sectorizado solamente cubría el 77 %.
El salario de la mediana empresa pasa del 53 % al 85 % de cobertura de la canasta básica del primer quintín.
Para las pequeñas empresas, la cobertura pasará al 57 %, lo que representa un aumento del 10 %.
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¿Qué es el sector privado no sectorizado?
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, el sector privado no sectorizado «comprende a la mayoría de las empresas, excepto las que pertenecen al sector turismo, restaurantes, bares, zonas francas, construcción, entre otros, que tienen tarifas de salario mínimo especiales».
La Ley 187-17 contiene una clasificación de las micro, pequeñas y medianas empresas de la siguiente manera:
- Microempresa: hasta 10 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta RD$8 millones.
- Pequeña empresa: de 11 a 50 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta RD$54 millones.
- Mediana empresa: de 51 a 150 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta RD$202 millones.
De acuerdo con datos del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, en República Dominicana «existen casi 1.5 millones de mipymes, que representan el 98 % del total de empresas».
En conjunto, generan más de 2 millones de empleos, equivalentes al 54.4 % de la población ocupada del mercado laboral y aportan el 38.6 % del Producto Interno Bruto de la media isla.
Tarifas salariales
El Comité Nacional de Salarios establece 16 clasificaciones de tarifas para fijar los salarios en el país. Estas clasificaciones son:
- Sector privado no sectorizado.
- Sector Calzados, carteras, bultos, correas, cinturones y afines.
- Industria azucarera.
- Sector construcción y afines (hora-hombre).
- Varilleros
- Pintores
- Electricistas
- Plomeros
- Carpinteros
- Máquinas pesadas en el área de la construcción.
- Máquina pesada en el área agrícola.
- Instituciones sin fines de lucro.
- Zonas francas Industriales.
- Zonas francas en áreas deprimidas.
- Sector hotelero
- ONG’ prestatarias de servicios de salud y educación a personas con discapacidad, la cual en la próxima revisión que se hará, incluirá las ONG’s prestatarias de servicios a terceros de manera gratuita.
La resolución 03-2022 sobre el salario mínimo para trabajadores de la construcción y afines es:
Posición | Salamio mínimo en RD |
Trabajador no calificado | 817.16 |
Trabajador calificado | 894.04 |
Ayudante | 1,050.28 |
Operario tercera categoría | 1,364.00 |
Operario segunda categoría | 1,556,20 |
Operario primera categoría | 1,945.56 |
Maestro de cada una de las áreas | 2,451,48 |
El salario mínimo para varilleros a destajo en el área de construcción, de acuerdo con la resolución 04-2022 va de los RD401.30 a los RD$2,517.25.
Los salarios mínimos para albañiles a destajo en el área de construcción están establecidos en la resolución 05-2022, que abarcan diferentes tareas y depende del nivel de detalle.
Lo mismo ocurre para los carpinteros a destajo (resolución 07-2022) que varía en función del trabajo, acabado y especificaciones del producto final.
Para los electricistas a destajo en el área de construcción, la resolución 08-2022 también establece un rango de precios dependiendo del trabajo realizado.
La resolución 09-2022, referente a los pintores a destajo, también establece un tarifario por actividad.
Gabriel Rico Albarrán
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